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Demandas de menor cuantía en Massachusetts:
¿Qué debe saber?
1. ¿Cómo presento una demanda
de menor cuantía?
Al presentar un formulario del tribunal
denominado “Declaración de demanda
de menor cuantía y notificación de
juicio” y pagar una tasa judicial. El
formulario está disponible en la oficina
del secretario de los tribunales de
distrito, municipal de Boston o de la
vivienda. Las instrucciones para
completar un formulario de
“Declaración de demanda de menor
cuantía y notificación de juicio” pueden
encontrarse en el reverso del
formulario. Para obtener una lista de
las ubicaciones del tribunal por
condado, visite
http://www.mass.gov/courts/
courtsandjudges/courts/courtscounty.ht
ml. La persona o empresa que entabla
la demanda se denomina
“demandante”. La persona o empresa
demandada se denomina
“demandado”.
2. ¿Dónde entablo una demanda de
menor cuantía?
Puede procesar una demanda de
menor cuantía solo en el tribunal del
área donde el demandante o el
demandado residen o tienen su
empresa o trabajo. Una demanda de
menor cuantía contra un locador que
proviene del alquiler de un
departamento también puede
presentarse en la ubicación de este.
Puede resultarle más fácil ejecutar un
fallo a su favor si procesa su demanda
de menor cuantía en el lugar donde
reside o trabaja el demandado, pero
no se le exige que lo haga.
3 ¿Qué reclamos pueden
procesarse como demandas de
menor cuantía?
A menos que su caso se base en el
daño a la propiedad sufrido en un
accidente automovilístico, no se
pueden superar los $7.000. No
obstante, la demanda puede estar
sujeta a los daños y perjuicios
establecidos por ley o a los honorarios
del abogado por encima de los $7.000
(p. ej., casos de protección al
consumidor o ciertos casos de locador
o locatario). En esos casos, el importe
base no puede superar los $7.000 aun
cuando la posible indemnización
supere ese importe.
4. ¿Existe un límite de tiempo para
procesar mi demanda de menor
cuantía?
Sí. El límite de tiempo (denominado
“ley de prescripción”) varía según la
naturaleza de la demanda y se aplica
tanto a las demandas de menor
cuantía como a las demandas civiles
ordinarias. Por lo general, una
demanda basada en un contrato o una
ley de protección al consumidor debe
presentarse en un plazo de seis años
y una demanda originada por
negligencia o daño intencional debe
presentarse en un plazo de tres años,
pero hay excepciones. Para obtener
más información, consulte el
capítulo 260 de las leyes generales de
Massachusetts o en una biblioteca
legal o pública.
5. ¿Podré cobrarle al demandado?
Si gana, se le ordenará al demandado
que pague el monto de la sentencia si
tiene los recursos económicos para
hacerlo. Si el demandado puede pagar
y no lo hace, puede ser declarado en
desacato y encarcelado, o se le
pueden imponer costas adicionales.
Tenga presente que algunas fuentes
de ingreso y una parte de cualquier
salario estarán exentas de cualquier
orden de pago.
6. ¿Cuál es la tasa judicial de una
demanda de menor cuantía?
La tasa judicial de las demandas de
menor cuantía de $500 y menores es
$40. La tasa judicial de las demandas
de $501 a $2.000 es $50. La tasa
judicial de las demandas de $2001 a
$5.000 es $100. La tasa judicial de las
demandas de $5.001 a $7.000 es
$150. La tasa judicial de las demandas
por daño a la propiedad de más de
$7.000 a raíz de un accidente
automovilístico es $150.
7. ¿Qué información debo incluir
en la demanda?
Complete el formulario de
“Declaración de demandas de menor
cuantía” con el monto por el que
realiza la demanda y explique
brevemente su reclamo. Exponga su
reclamo de forma simple y clara para
que el demandado pueda entender por
qué se lo demanda. Debe indicar
específicamente los montos solicitados
en concepto de daños y perjuicios,
daños y perjuicios múltiples, sanciones
establecidas por ley, honorarios del
abogado o costas, así como el monto
total solicitado, con exclusión de
cualquier interés anterior a la
sentencia solicitado por el tribunal de
conformidad con la ley.
Es fundamental que tenga el domicilio
postal y el nombre correctos del
demandado. Si demanda a una
empresa que no es una corporación,
debe indicar como demandado al o a
los propietarios que realizan negocios
(“nombre comercial”) bajo esa marca
comercial. Puede obtener sus
nombres del funcionario municipal
donde se encuentra emplazada la
empresa. Si demanda a una empresa
que es una corporación, debe conocer
el nombre legal exacto. Puede
encontrar esta información en la
División de registros corporativos de la
oficina de la Secretaría de Estado,
One Ashburton Place, Room 1712,
Boston, MA 02108 (o en
http://corp.sec.state.ma.us/corp/corpse
arch/corpsearchinput.asp).
En la sección “DECLARACIÓN
JURADA MILITAR”, debe indicar si el
demandado presta o no servicio militar
activo. Si conoce el número del seguro
social del demandado, puede
determinar si presta o no servicio
militar activo en línea en
https://www.dmdc.osd.mil/appj/scra/scr
aHome.do; de lo contrario, debe
dirigirse por escrito a la sede principal
del servicio militar correspondiente
(que se indica en
www.defenselink.mil/faq/pis/PC09SLD
R.html). Si no puede determinar si el
demandado presta servicio militar
activo y este no comparece, el tribunal
puede solicitarle a usted que pague
una caución o puede emitir otras
órdenes para proteger los derechos
del demandado si este presta servicio
militar activo.
8. ¿Qué son las “costas”?
Si el demandante gana o si ambas
partes llegan a un acuerdo respecto de
la demanda, el demandante puede
recuperar del demandado la tasa
judicial del tribunal como “costas”. Por
orden del tribunal, el demandante a
veces puede recuperar ciertos otros
costos relacionados con la
presentación de la demanda.
9. ¿Cómo se notifica la demanda al
demandado?
Al demandado se le envía una copia
de la “Declaración de demanda de
menor cuantía y notificación de juicio”
por correo preferencial. Si el
demandado reside fuera del estado se
le notificará por correo certificado. Los
Small Claims Brochure Spanish 08/2012Demandas de menor cuantía en Massachusetts:
¿Qué debe saber?
dos tipos de notificaciones serán
proporcionados por el tribunal después
de que se presente el formulario
“Declaración de demanda de menor
cuantía y notificación de juicio”.
10. ¿Avanzará mi caso si el
demandado no ha recibido la
notificación?
Si la oficina de correos no puede
notificar al demandado y la carta es
devuelta al tribunal, su caso no puede
proseguir. Si no se devuelve la carta,
pero más adelante se demuestra que
nunca se entregó o se entregó en la
dirección incorrecta, cualquier
sentencia que haya recibido puede ser
anulada. Por este motivo, es
importante que se asegure de que el
domicilio postal indicado del
demandado en el formulario de
“Declaración de demanda de menor
cuantía y notificación de juicio” sea
correcto.
11. ¿Son necesarios los abogados
en el tribunal de demandas de
menor cuantía?
No, pero puede contratar uno si lo
desea. Puede que encuentre recursos
de autoayuda en la biblioteca pública
de su ciudad, en las Bibliotecas del
Tribunal de Justicia (Trial Court Law
Libraries)
(mass.gov/lawlib), o en MassLegal
Help (www.MassLegalHelp.org).
12. ¿Cuándo y dónde deben ir al
tribunal el demandante y el
demandado?
A menos que el demandante y el
demandado resuelvan el caso antes
de la fecha del juicio, ambas partes
deben comparecer ante el tribunal en
la fecha en la que el caso se programa
para el juicio.
13. ¿Qué sucede si no puedo
acudir al tribunal el día del juicio?
Debe llamar o escribirle a la parte
opositora y preguntarle si acepta
posponer (“aplazar”) el caso. Los
aplazamientos solo deben ser por un
buen motivo, como una enfermedad,
una emergencia o la falta de
disponibilidad de un testigo. Si ambas
partes están de acuerdo, si la parte
opositora no está de acuerdo o si
usted no puede contactarse con la
parte opositora debe escribirle al
secretario magistrado del tribunal para
solicitarle que el tribunal le otorgue un
aplazamiento. No espere hasta último
momento. Al aceptar un pedido
razonable de aplazamiento de la otra
parte se ahorrará una molestia.
14. ¿Qué sucede si no acudo al
tribunal el día del juicio?
Si el demandante no comparece en el
juicio y el demandado sí lo hace, el
tribunal dictará sentencia a favor del
demandado. Si el demandante y el
demandado no comparecen en el
juicio, la demanda será desestimada.
Si el demandado no comparece en el
juicio y el demandante sí lo hace, el
tribunal probablemente dicte una
sentencia por incomparecencia y
ordene al demandado que pague el
importe reclamado. El magistrado
puede solicitarle al demandante que
presente alguna prueba de la
demanda, aun si el demandado no
está presente.
15. ¿Cómo debo prepararme para el
juicio?
Puede ser útil anotar con antelación
los hechos del caso en el orden en el
que ocurrieron. Esto lo ayudará a
organizar sus ideas y hacer una
presentación clara de su historia. El
día del juicio debe presentarse con los
testigos y llevar cheques, facturas,
documentos, fotografías o cartas que
lo ayudarán a probar su caso. Si
presenta documentos como pruebas
en el juicio, lleve copias para el
magistrado y para el demandado. Si
necesita que un testigo acuda al
tribunal, pero este no aparece, solicite
a la oficina del secretario magistrado
una citación de testigo; luego usted
deberá ocuparse de que un agente
judicial o sheriff adjunto la entregue al
testigo. Usted puede necesitar un
perito para probar cualquier asunto
que no esté dentro de la experiencia
común. Las leyes que regulan las
demandas de menor cuantía son las
mismas que aquellas que regulan las
demandas importantes, excepto que
se utilizan procedimientos
simplificados. El demandante debe
probar que la demanda tiene
fundamento legal y que el demandado
es responsable, o el magistrado
dictará sentencia a favor del
demandado.
16. ¿Qué sucederá el día del juicio?
Asegúrese de llegar a tiempo. Si el
mediador no resuelve el caso, se
realizará un juicio ante magistrado. Se
le solicitará al demandante que
exponga su versión de la historia;
luego, el demandado expondrá la
suya. Cada uno tendrá una
oportunidad para realizar preguntas a
la otra parte y a los testigos de la otra
parte. Para ganar, la ley exige que el
demandante pruebe la validez de su
demanda.
17. ¿Qué sucede si una de las
partes necesita un aplazamiento?
Si ambas partes están presenten
cuando se presenta el caso, este
avanzará, a menos que exista una
buena causa de aplazamiento. Si está
listo para continuar y la otra parte
necesita un aplazamiento, asegúrese
de informarle al magistrado si usted se
opone.
18. ¿Qué hará el magistrado?
El magistrado tomará una decisión. La
notificación de la resolución
(denominada “sentencia”) se entregará
o enviará a cada parte.
Office of Court
Management
Massachusetts Trial Court
2 Center Plaza, 5th Floor
Boston, MA 02108
617-742-8575
www.mass.gov/courts
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